Puede presentar una solicitud de declaración de
infracción administrativa en materia de comercio, aquellas personas que tengan
interés jurídico en relación con la afectación de su titularidad de un derecho
de autor protegido por la Ley Federal del Derecho de Autor, para lo cual deberá
fundar su pretensión.
Ahora bien, es importante comentar que el artículo 11 de la Ley Federal del
Derecho de Autor, establece que "el derecho de autor es el reconocimiento
que hace el Estado a favor de todo creador de obras literarias y artísticas
previstas en el artículo 13 de esta Ley, en virtud del cual otorga protección
para que el autor goce de prerrogativas y privilegios exclusivos de carácter
personal y patrimonial. Los primeros integran el derecho moral y los segundos
el patrimonial."
De lo anterior se desprende que no solamente el autor de la obra, quien es el
titular del derecho moral y originalmente del derecho patrimonial, es quien
tiene interés jurídico para solicitar una infracción administrativa en materia
de comercio, sino que también lo tienen aquellas personas que son titulares del
derecho patrimonial, como son los herederos y aquellos que adquieren dicho
derecho por cualquier otro título.
También tienen interés jurídico para promover una solicitud de infracción
administrativa en materia de comercio, aquellas personas que son titulares de
los llamados derechos conexos, por ejemplo los artistas intérpretes o
ejecutantes, los editores de libros, los productores de fonogramas y videogramas y los organismos de radiodifusión.
La solicitud de declaración de infracción administrativa en materia de
comercio, puede ser presentada en nombre propio o a través de un representante
legal.